Contratos indexados de energía
Hoy os vamos a hablar sobre los contratos indexados de energía, algunas de sus peculiaridades y los tipos que nos vamos a encontrar.
Empecemos analizando las peculiaridades:
- Consiste en referenciar el precio de la energía de nuestro contrato, al precio que se establece en los mercados mayoristas
- Es imposible conocer el precio a la hora de la firma del contrato.
- En estos casos el riesgo de la variación y volatilidad en el precio lo asume siempre el cliente.
- Son contratos complejos y que requieren ciertos conocimientos por parte del cliente o del asesor para comprobar las facturas y la correcta aplicación de las condiciones.
Hay que destacar que los costes fijos son los mismos que el resto de contratos, solamente indexamos la parte que es variable. Esto presenta dificultad a la hora de compararla con otras ofertas ya que los componentes por el cual puede variar el precio de la energía son bastantes.
A continuación vamos a definir los tipos de contratos indexados, que variaran en función de la referencia que utilicemos para calcular el término de energía:
- Compra directa: Esto supone que el titular del suministro adquiere la condición de agente de mercado comprando el mismo su propia energía.
- Indexado a mercado de futuro OMIP/OTC:
- El precio de la energía que vamos a comprar se puede referenciar al precio que se establece en el mercado de futuros OMIP.
- Estos precios se establecen para determinar periodos temporales y su cotización cambia diariamente.
- Como ventajas de estos tipos de contratos:
- Poseemos la posibilidad de conseguir un precio fijo para un determinado periodo de tiempo.
- Se evita la volatilidad del precio indexado del mercado diario.
- E inconvenientes:
- Se necesita de un conocimiento del funcionamiento del mercado y sus previsiones.
- Poseemos un riesgo de equivocación en el momento de cerrar la variable OMIP.
- Por concluir, estas ofertas suelen llevar clausulas de volumen de consumo por parte del cliente.
- Indexado al mercado diario OMIE:
- El precio de la energía se referencia al precio que se establece en Mercado Diario (OMIE). Comúnmente se denominan contratos indexados a POOL.
- Este precio cambia hora a hora y queda establecido a todas las horas del día D antes de las 14:00 horas del día anterior.
- Mixto: podemos definirlo como una mezcla entre el indexado OMIP y OMIE.
Para más información acerca del mercado OMIE y OMIP
Y si tienes mas dudas o estas interesado ponte en contacto con empresas dedicadas al sector de la energía.